Régimen MYPE Tributario brinda condiciones de crecimiento para micro y pequeñas empresas

Este Régimen MYPE Tributario creado especialmente para las micro y pequeñas empresas tiene el objetivo de generar su crecimiento y sobre todo, promover el cumplimiento de obligaciones tributarias brindándoles condiciones más simples.

¿A quién va dirigido?

Va dirigido a contribuyentes domiciliados en el país, que realicen actividades empresariales con renta de tercera categoría e ingresos que no superen las 1700 UIT en el ejercicio gravable.

¿Quiénes están excluidos?

  • Los contribuyentes con vinculación directa o indirecta en función de capital y cuyos ingresos netos anuales en conjunto superen las 1700 UIT.
  • Las sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento permanente de empresas constituidas en el exterior.
  • Personas naturales o jurídicas con ingresos netos anuales superiores a 1700 UIT en el año anterior.

¿Cómo ingreso al Régimen MYPE Tributario

Debes seleccionar la opción RMT en la declaración mensual de IGV Renta.

¿En qué momento puedo ingresar al Régimen Mype Tributario?

  • Al inicio de actividades, con la presentación dentro del plazo de vencimiento de la declaración jurada mensual en el RMT.
  • Provenientes del Régimen Especial de Renta (RER) o del Nuevo RUS (NRUS) en cualquier año.
  • Provenientes del Régimen General, con la presentación de la declaración jurada mensual de cada ejercicio gravable en el RMT

¿Qué tipo de comprobantes se pueden emitir?

Comprobantes de pago, es decir: Facturas, boletas de venta, tickets, liquidaciones de compra, guías de revisión y notas de crédito y débito.

¿Cómo cumplo con mis obligaciones en el RMT?

Determinación Impuesto a la Renta e Impuesto General a las Ventas

Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, en otras palabras:

  • Si tus ingresos anuales no superan las 300 UIT, entonces el monto será el 1% de ingresos mensuales.
  • Si tus ingresos mensuales superan las 300 UIT como resultado dará 1,5% o coeficiente.

Régimen del Impuesto General a las Ventas.

  • La tasa es similar a la que corresponde a los contribuyentes acogidos al RER y al Régimen General, por lo tanto el resultado será el 18%

Cálculo del Impuesto a la Renta Anual en el RMT

  • Si la renta anual es hasta 15 UIT como resultado será el 10%
  • Por otro lado, si excede 15 UIT será el 29.5%

Declaración de Impuestos

  • Presenta la declaración mensual a través de: PDT 621 y declaración simplificada.

Pago de impuestos

A través de los siguientes canales:

  • Pago electrónico
  • Pago con red bancaria
  • Pago con NPS

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