En Perú existen varios tipos de contratos laborales dentro del sector privado, que pueden ser aplicados adecuadamente de acuerdo al tipo de empresa y régimen tributario. De manera general, el conocer los términos que cada uno implica y sus nombres puede ser algo complejo, por sus divisiones y subdivisiones, sin embargo, aquí se te explicará de la mejor manera. 

Cabe resaltar que, de acuerdo al tipo de contrato laboral, el trabajador tendrá beneficios y dependerá la naturaleza del trabajo. Por ello, en este artículo, te contamos cuáles son los tipos de contratación laboral dentro de nuestro país y en qué situación y contexto se aplican. 

¿QUÉ ES EL CONTRATO DE TRABAJO? 

Primero, antes de entrar de manera específica en los tipos de contratos laborales en el Perú y sus clasificaciones, es importante saber qué es un contrato laboral. 

En sí, se trata de un acuerdo entre el empleador y el trabajador. El primero subordina al trabajador y ofrece una remuneración y este segundo presta sus servicios. 

Además, en cualquier contrato laboral, existen tres puntos resaltantes que son; la remuneración por parte del empleador,  la prestación de servicios y la subordinación del trabajador. 

TIPOS DE CONTRATO LABORAL EN PERÚ

CONTRATO A PLAZO INMEDIATO. 

Se refiere a los contratos laborales que tienen una fecha de inicio exacta, pero no figuran un día de finalización de labores. Este tipo de contrato es para las personas que prestan servicios bajo una modalidad más estable. Es decir, una persona que tenga este tipo de contrato, se consideran trabajadores permanentes y las labores se realizan de manera continua. 

Asimismo, este tipo de contrato puede celebrarse de manera verbal o escrita. 

CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD O CONTRATOS A PLAZO FIJO

Estos tipos de contrato cuentan con una fecha de inicio y de término, de acuerdo a la modalidad que elija el empleador. Asimismo, se da el caso de que los contratos tipo determinado, no pueden extenderse más de 5 años, y deben realizarse por vía escrita. 

Siendo el caso, todo lo que se establezca en el contrato en alguna de estas modalidades, debe existir una motivación sustentada y fundada. Es decir, se tiene que especificar el porqué el plazo del contrato es fijo. 

  1. Contratos sujetos a modalidad: Está conformado esencialmente por tres modalidades principales y tienen subdivisiones. En total son nueve posibles contratos:

Contrato de naturaleza temporal 

  • Contrato por incremento de actividad. 

Este contrato se utiliza cuando la empresa recién inicia sus actividades o cuando es necesario la contratación de colaboradores que iniciará una nueva actividad en la empresa. Estos contratos no pueden extenderse más de tres años. 

  • Contrato por necesidad de mercado. 

Este tipo de contrato está orientado a cubrir el incremento de producción por las actividades que efectúa la empresa u organización. Es decir, cuando los trabajadores permanentes no se dan abasto para satisfacer lo que la empresa solicita, se genera la contratación necesaria de más personal. El plazo de vigencia máximo es de cinco años.

  • Contrato por reconversión empresarial. 

Se utiliza cuando existe un motivo de sustituir, simplificar o modificar las actividades de la empresa. Este tipo de contrato tiene un plazo máximo de dos años. 

Contrato de naturaleza accidental. 

  • Contrato ocasional.

El objetivo de este tipo de contrato es el de contratar trabajadores para cubrir las necesidades que no son parte de las actividades esenciales o regulares de la empresa. Su duración vigente es de seis meses al año. 

  • Contrato de suplencia. 

Este tipo de contrato está orientado al personal que va a reemplazar a un trabajador permanente, cuyo vínculo laboral con la organización se encuentra suspendido debido a causas justificadas. Su vigencia depende y dura hasta la reincorporación del trabajador permanente. 

  • Contrato de emergencia.

Este tipo de contrato tiene como fin el suplir las necesidades causadas por situaciones de fuerza mayor. La duración de este solo es por el plazo que dure la emergencia y generalmente no excede el año. 

Contrato de obra o servicio. 

  • Contrato por obra determinada o servicio específico. 

Este tipo de contratos solo se utiliza cuando la empresa debe finalizar una obra o servicio. Por lo que su vigencia sólo dura hasta que la obra concluya. El plazo máximo puede ser de cinco años. 

  • Contrato intermitente. 

Solo se usa en caso de cubrir necesidades discontinuas de la empresa. El plazo de duración dependerá de la actividad que requiera el empleador. 

  • Contrato por temporada. 

Se contratan trabajadores con este tipo con el propósito de atender las necesidades del giro de la empresa. Esto ocurre solo en determinadas épocas del año. 

CONTRATO A TIEMPO PARCIAL

Este tipo de contrato laboral peruano es el que determina una jornada de trabajo de menos de cuatro horas diarias. Por lo que la remuneración será más baja que el mínimo y se otorgará de acuerdo a las horas trabajadas. Es importante recalcar que los colaboradores bajo este contrato acceden a todos los beneficios a excepción de la CTS.

Estos son los tipos de contratos laborales en nuestro país, y si estás interesado en constituir una empresa en el Perú, puedes contactarte con uno de nuestros asesores para recibir la guía especializada para iniciar tu entrada al mercado peruano. 

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