La Declaración Jurada Anual 2021, se podrá realizar con el formulario virtual N°709 para persona natural a partir del 15 de febrero del 2022. Además, recuerda que debes presentarlo, como máximo el día de vencimiento de acuerdo al último dígito de tu RUC y también debes guiarte del cronograma.
En el caso de las empresas, el Formulario Virtual N° 710, simplificado o completo, estará disponible en SUNAT Virtual a partir del 3 de enero de 2022.
CRONOGRAMA RENTA 2021
Último dígito del RUC | Fecha de vencimiento |
0 | 25/03/2022 |
1 | 28/03/2022 |
2 | 29/03/2022 |
3 | 30/03/2022 |
4 | 31/03/2022 |
5 | 01/04/2022 |
6 | 04/04/2022 |
7 | 05/04/2022 |
8 | 06/04/2022 |
9 | 07/04/2022 |
Buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC | 08/04/2022 |
CÓMO PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL
Mediante dos formas:
1)Formulario Virtual N°710 (Renta anual simplificado. Tercera Categoría).
Se adjudica a contribuyentes del Régimen General o del RMT que han generado rentas o pérdidas durante el ejercicio gravable.
2)Formulario Virtual N°170 (Renta Anual. Completo. Tercera Categoría e ITF).
Debe ser utilizado por contribuyentes que del Régimen General hayan generado rentas o pérdidas de tercera categoría durante ejercicio gravable y que se encuentre en alguno de los siguientes supuestos:
- Que sus ingresos superen los 1 700 UIT.
- Gocen de algún beneficio tributario.
- Que tengan alguna estabilidad jurídica y/o tributaria.
- Están obligados a presentar una declaración jurada anual informativa Reporte Local, Reporte Maestro y/o Reporte País por país.
- Que estén obligados a presentar el Balance de Comprobación.
- Que pertenezcan al sistema financiero.
- El uso del artículo 12 del Reglamento del ITAN del Decreto Supremo N° 025-2005-EF, para ejercer la opción de acreditar pagos a cuenta del Impuesto.
- Que hayan deducido gastos en vehículos automotores asignados a actividades de dirección, representación y administración.
- Hayan ejercido operaciones gravadas con el ITF.
A TENER EN CUENTA
En tanto, quienes no están obligados a presentar la declaración jurada anual 2021 son los contribuyentes que no tengan domicilio en el país y que obtengan rentas de fuente peruana.
Asimismo, si no presentas la declaración a tiempo de acuerdo al cronograma, se incurre en la infracción de una multa de 1 UIT correspondiente a s/. 4, 600 soles.
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