¿Eres persona natural y quieres reducir el pago del Impuesto a la Renta? Conoce qué documentos debes presentar para descontarlo hasta en 10 UIT.

A inicios de año se publicó el decreto legislativo que permite deducir hasta en 10 UIT el pago del Impuesto a la Renta a personas naturales. Según la normativa, los trabajadores independientes y en planilla –o sea los de cuarta y quinta categoría- podrán acceder a este beneficio presentando los comprobantes de pago electrónicos o aquellos comprobantes que no sean emitidos por este medio.

Para reducir el pago del Impuesto a la Renta, es necesario que presentes los siguientes documentos:

Gastos de alquileres

Para deducir el gasto de alquiler, el cual puede llegar hasta el 30 %, es necesario que presentes a la Sunat los recibos de arrendamiento.

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Intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda

Para acceder a la reducción es necesario que tengas a la mano todos los voucher que te entrega el banco al momento de realizar el pago de tu cuota. Ten en cuenta que solo se deducirá los intereses, más no el pago de la hipoteca.

Servicios profesionales

Se deducirá hasta el 30 % de lo que le pagues durante el 2017 a las personas que ofrezcan servicios profesionales que generen rentas de cuarta categoría. Las profesionales mencionadas en el decreto legislativo son: abogados, analistas de sistema, arquitectos, enfermeros, entrenadores deportivos; fotógrafos y operadores de cámara, televisión y cine; ingenieros, intérpretes, nutricionistas, obstetra, psicólogos, tecnólogos médicos y veterinarios.

Honorarios a médicos y odontólogos

Para deducir hasta el 30 % de los pagos que les hiciste a los médicos y odontólogos, deberás presentar los recibos por honorarios que les emitiste. Si tienes seguro privado y realizas un copago, deberás guardar la boleta de venta.

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Aportaciones a EsSalud por contratar trabajadoras del hogar

Para acceder a la reducción es importante que presentes el formulario que le entrega la Sunat a los empleadores o el documento que sustenta el pago a EsSalud.

No olvides guardar siempre los recibos y tus comprobantes de pago. Eso te ayudará a deducir el pago del Impuesto a la Renta (IR).

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