¿Por qué es importante actualizar el T-Registro?
Desde que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria instaló en su web una manera de llevar la Planilla electrónica de trabajadores, en el 2011, ha agregado dos componentes fundamentales para su correcta implementación: el T-Registro y la PLAME.
Ambas secciones permiten al empleador vaciar información laboral de una manera fácil y rápida, obteniendo como resultado una gestión limpia en cuanto al manejo de los pagos. Por esto, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha publicado una resolución donde modifica la información que debe ser incluida en la planilla electrónica de las empresas.
Esta norma indica que el empleador debe colocar la cuenta bancaria del empleado en la que abona la remuneración (de ser el caso), así como registrar el número de celular y el correo electrónico de contacto de todos los trabajadores que tenga en alta. Esta decisión busca favorecer la devolución de tributos al personal que perciba rentas de quinta categoría.
Devolución de impuestos
La modificación de la Ley del Impuesto a la Renta (Decreto Legislativo N° 1258) indica la deducción adicional de hasta 3 UIT a aquellas personas que perciben rentas de quinta categoría para el ejercicio 2017, siempre y cuando tengan soportes demostrables de los gastos deducibles.
Al actualizar los datos y presentar una Declaración Jurada que incluya el sustento de las 3 UIT adicionales, la SUNAT podrá devolver de forma más rápida el impuesto a la renta retenido en exceso por el empleador. Así mismo, esta norma permite discernir si el trabajador se encuentra doblemente afiliado a los sistemas de pensiones: al Sistema Privado de Pensiones (en las AFP) y al Sistema Nacional de Pensiones (ONP).
Gracias a las afiliaciones dobles los empleadores incurren en el error de realizar aportes indebidos a la ONP por lo que se espera que, con esta actualización, los órganos competentes puedan conciliar los datos y se evite perjudicar al trabajador.
Para la actualización del T-Registro se tiene plazo hasta el 28 de febrero o el 31 de marzo del 2018, según se tenga más de 10 trabajadores o hasta 10 trabajadores en planilla.
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