Implementación del sistema para intercambio automático de información de SUNAT

Con fecha 29 de setiembre de 2019, se publicó en el diario Oficial “El Peruano” la Resolución de superintendencia No. 188-2019/SUNAT (“la Resolución”), mediante la cual se aprobó el Sistema Integral de Recepción e Intercambio Automático de Información– Sistema IR AEOI y modificó la forma y condiciones establecidas para la presentación de la declaración Reporte País por País.

La SUNAT aprobó este sistema para que los contribuyentes que trabajan o formen parte de un grupo multinacional puedan declarar sus impuestos es los países donde operen.

La información que están obligados a declarar está relacionada con la distribución global de los ingresos, impuestos pagados y actividades de negocio de cada una de las entidades pertenecientes al grupo multinacional que desarrollen su actividad en un determinado país o territorio.

Además de ello, los contribuyentes que formen parte de un grupo multinacional deben presentar obligatoria y anualmente una declaración jurada informativa Reporte País por País, según señala el reglamento.

El sujeto obligado a presentar la declaración Reporte País por País debe:

  1. Ingresar a la dirección electrónica: https://aeoi.sunat.gob.pe
  2. Acceder al sistema IR AEOI con su número de RUC, código de usuario y clave SOL.
  3. Ingresar a la opción: cargas/ cargas de reportes CBC/ mis tareas CBC.
  4. Ingresar a la opción nuevo reporte y elegir la opción “entrada manual” (si la información se ingresa directamente en el sistema) o la opción “subir archivo” (si la información se importa en archivo XML, el cual debe elaborarse previamente).
  5. Seguir los pasos que le indica el sistema a efectos de concluir con la presentación de la declaración.

El sistema IR AEOI debe ser utilizado desde el 1 de octubre de 2019, independientemente del período al que corresponda la declaración, incluso para las declaraciones sustitutorias y rectificatorias.

La Sunat indica en su portal web que los obligados a presentar la declaración serán los contribuyentes.

Ello siempre que los ingresos devengados en el ejercicio gravable anterior al que corresponde la declaración, según los estados financieros consolidados que la matriz del grupo multinacional deba formular, sean mayores o iguales a 2,700 millones de soles.

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Fuente: Andina

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