Pasos para aplazar o fraccionar deudas con la SUNAT y EsSalud

La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) informó que las personas naturales y empresas con deudas pendientes de pago con la entidad o EsSalud podrán aplazar o fraccionar las deudas por hasta seis meses (aplazamiento) o 36 meses (fraccionamiento).

Según dio a conocer SUNAT, a la fecha se han recibido 10 000 solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento equivalente a S/ 855 millones. De estas solicitudes, el 40 % corresponde al fraccionamiento y el 4 % al aplazamiento.

¿Qué deudas se pueden fraccionar?

Es importante recordar que se pueden fraccionar deudas exigibles y pendientes de pago en cualquier estado tales como:

  • IGV.
  • Impuesto a la Renta (IR).
  • Pagos del Impuesto a la Renta de tercera categoría de enero, febrero y marzo 2020.
  • Saldos de fraccionamientos anteriores.
  • Contribuciones a EsSalud.
  • Deudas por multas.
  • Liquidaciones de cobranzas de tributos aduaneros. 

¿Cómo tramitar el aplazamiento o fraccionamiento?

Lo primero que se debe realizar es presentar la solicitud de acogimiento al Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento (RAF). En ella, el contribuyente desiste de cualquier medio impugnatorio de la deuda.

Es necesario precisar que en este régimen no están comprendidas las deudas que a la fecha de presentación de la solicitud del acogimiento todavía no son exigibles. Tampoco están comprendidos los tributos retenidos o percibidos, la deuda concursal, los recargos y los pagos a cuenta mensuales del Impuesto a la Renta de tercera categoría del ejercicio 2020.   

Requisitos para aplazar o fraccionar deudas

Para poder gozar de este beneficio, los contribuyentes deberán cumplir con los siguientes requisitos: 

  • Tener RUC.
  • Empresas: si sus ingresos netos de marzo y abril de este año son menores a los de similares meses del año pasado.
  • Haber presentado sus declaraciones mensuales de IGV e IR de los períodos tributarios de marzo y abril 2020.
  • No tener un saldo mayor de 215 soles en la cuenta de detracciones. 
  • Haber presentado las declaraciones correspondientes a la deuda tributaria por la que se solicita el fraccionamiento.

El plazo para presentar la solicitud vence el 30 de septiembre.

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