La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) informó que las personas naturales y empresas con deudas pendientes de pago con la entidad o EsSalud podrán aplazar o fraccionar las deudas por hasta seis meses (aplazamiento) o 36 meses (fraccionamiento).
Según dio a conocer SUNAT, a la fecha se han recibido 10 000 solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento equivalente a S/ 855 millones. De estas solicitudes, el 40 % corresponde al fraccionamiento y el 4 % al aplazamiento.
¿Qué deudas se pueden fraccionar?
Es importante recordar que se pueden fraccionar deudas exigibles y pendientes de pago en cualquier estado tales como:
- IGV.
- Impuesto a la Renta (IR).
- Pagos del Impuesto a la Renta de tercera categoría de enero, febrero y marzo 2020.
- Saldos de fraccionamientos anteriores.
- Contribuciones a EsSalud.
- Deudas por multas.
- Liquidaciones de cobranzas de tributos aduaneros.
¿Cómo tramitar el aplazamiento o fraccionamiento?
Lo primero que se debe realizar es presentar la solicitud de acogimiento al Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento (RAF). En ella, el contribuyente desiste de cualquier medio impugnatorio de la deuda.
Es necesario precisar que en este régimen no están comprendidas las deudas que a la fecha de presentación de la solicitud del acogimiento todavía no son exigibles. Tampoco están comprendidos los tributos retenidos o percibidos, la deuda concursal, los recargos y los pagos a cuenta mensuales del Impuesto a la Renta de tercera categoría del ejercicio 2020.
Requisitos para aplazar o fraccionar deudas
Para poder gozar de este beneficio, los contribuyentes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener RUC.
- Empresas: si sus ingresos netos de marzo y abril de este año son menores a los de similares meses del año pasado.
- Haber presentado sus declaraciones mensuales de IGV e IR de los períodos tributarios de marzo y abril 2020.
- No tener un saldo mayor de 215 soles en la cuenta de detracciones.
- Haber presentado las declaraciones correspondientes a la deuda tributaria por la que se solicita el fraccionamiento.
El plazo para presentar la solicitud vence el 30 de septiembre.
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