Conoce los plazos para solicitar el fraccionamiento de tu deuda y los requisitos, con base a la resolución Nº 161-2015/SUNAT.

El 15 de julio del año pasado entró en vigencia el nuevo reglamento para el fraccionamiento de deudas, el cual brinda varias facilidades para las personas naturales. Una de las principales ventajas fue la reducción del tiempo de aprobación para el fraccionamiento tributario. A continuación, resumimos los plazos y requisitos que los contribuyentes deben seguir para acceder a este beneficio.

¿Cuáles son los plazos para solicitar el fraccionamiento?

Las personas naturales que perciben rentas de capital y/o trabajo pueden solicitar el fraccionamiento y/o aplazamiento inmediatamente después de realizar la presentación de la Declaración Jurada Anual. Quienes perciben rentas de tercera categoría, podrán hacerlo a partir del primer día hábil de mayo, correspondiente al año en el que se produce el vencimiento, siempre y cuando, para la fecha de presentación de la solicitud, hayan transcurrido cinco días hábiles de la presentación de la declaración.

 

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¿Cuáles son los pasos para fraccionar la deuda?

1) Ingresa a la plataforma ‘SUNAT Operaciones en Línea’ con tu clave SOL.

2) Haz clic en la opción ‘Mi fraccionamiento’ que se encuentra en el menú de la izquierda. Luego ingresa a la opción ‘Solicito fraccionamiento art 36’ y obtén tu reporte de precalificación.

3) Genera tu número de pedido de fraccionamiento y luego descarga tu archivo personalizado.

4) Envía el archivo personalizado a través de la opción ‘PDT 687 Solicitud de fraccionamiento art. 36’, completa la información y genera tu archivo de presentación. Si es necesario, genera uno por cada tipo de deuda.

5) Presenta tu solicitud y genera la opción de pago NPS, en caso sea necesario, para la cuota de acogimiento. Realiza el mismo pago en la misma sesión o en bancos autorizados, llevando impreso el NPS.

6) A través de la opción ‘Confirmación y constancia’, confirma la presentación de la solicitud de fraccionamiento.

Consideraciones

Los mejores estudios contables en Lima recomiendan a los contribuyentes tomar en cuenta estas consideraciones:

  • No entran al fraccionamiento las deudas que correspondan al último periodo tributario vencido y al mes de presentación de la solicitud, así como los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, los tributos retenidos o percibidos, las deudas que se encuentren en otro fraccionamiento, entre otras.
  • Como parte de los requisitos del nuevo reglamento, se establece que el contribuyente no cuente con saldos en las cuentas del Banco de la Nación por operaciones que estén sujetas al SPOT (Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias).

 

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