Empresas tendrán plazo hasta enero de 2022 para emitir boletas electrónicas
Las empresas que generen ingresos, durante el año, menores a S/ 96,600 (a 23 UIT) deberán emitir comprobantes de pago electrónicos desde el 1 de enero del 2022, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Así lo contempla la Resolución de Superintendencia N° 00221-2020, que establece que se amplía en un año la designación como emisores en este universo de negocios en el Perú.
La normativa legal precisa que en el caso de los contribuyentes con ingresos anuales mayores a 23 UIT (S/ 96,600) y menores a 75 UIT (S/ 315,000) deberán emitir facturas, boletas de venta, tickets y notas electrónicas desde el 1 de septiembre del 2021 y ya no desde el 1 de enero próximo como estaba previsto.
Empresas, tributos y plazo
Con la emisión de comprobantes de pago electrónicos, las empresas, por ejemplo las Mypes, tienen la oportunidad de consolidar su crecimiento comercial, ahorrar los costos de manejar documentos físicos: impresión, almacenaje y control, mejorar la productividad y facilitar el cumplimiento tributario.
Incorporarse a la facturación electrónica, requiere que los contribuyentes soliciten a la Sunat de manera gratuita el Certificado Digital Tributario, documento utilizado para firmar digitalmente los comprobantes de pago electrónicos emitidos desde sus sistemas, lo que determina su validez, dando seguridad a la operación comercial que se realiza.
Los dueños de negocios en Perú también tienen a su disposición diversos sistemas para la emisión electrónica, entre ellos los que la Sunat ha habilitado de manera gratuita, a través de su portal institucional o el app Emprender, utilizando el celular.
Incluso podrán hacerlo desde sus propios sistemas o contratando a un Operador de Servicios Electrónicos (OSE).
La emisión electrónica permite enviar inmediatamente el comprobante de pago al cliente, mediante el correo electrónico o aplicaciones de mensajería instantánea.
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