Descansos médicos y subsidios: Covid-19 y otros casos médicos

El Ministerio de Trabajo transfirió a EsSalud más de S/ 10 millones para el pago de subsidios por incapacidad temporal a los trabajadores con Covid-19.

Este presupuesto está dirigido al pago de subsidios por incapacidad temporal para pacientes diagnosticados con Covid-19, confirmado con hisopado positivo o el procedimiento que determine la autoridad de Salud correspondiente.

¿QUÉ PASA SI UN TRABAJADOR ES DETECTADO CON POSITIVO EN COVID-19?

Si se da el caso que un trabajador dé positivo a dicha enfermedad, se deberá contactar con el empleador, y este último, deberá otorgarle inmediatamente la licencia con goce. El trabajador deberá permanecer en su hogar unos 15 días en cuarentena hasta que pueda recuperarse. Y este plazo puede extenderse, dependiendo del grado de enfermedad que tenga el paciente.

También se debe tener en cuenta la posibilidad de que el paciente sea internado o no. En sí, el empleador deberá pagar los días del descanso médico hasta el día 20, y a partir del día 21, le corresponde a EsSalud asumir estos descansos médicos a través de una subvención. Sin embargo, desde que se inició la pandemia, se ha dispuesto que a los trabajadores que ganan hasta 2400 soles, se les otorgará desde el primer día el subsidio por salud a cargo de EsSalud.

A TENER EN CUENTA

Los empleadores podrán solicitar el reembolso de los 20 días de licencia de los trabajadores diagnosticados con el Covid-19 que perciban una remuneración mensual de hasta S/. 2,400.

El trámite se puede realizar desde una computadora, celular, tablet y otros dispositivos móviles, mediante la plataforma de la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado (VIVA) implementada por EsSalud.

También se habilitó la línea gratuita 350-0800 en la que el personal podrá ayudar a los asegurados y empleados a realizar los trámites de prestaciones de salud, económicas y sociales.

OTRAS PRESTACIONES A CARGO DE ESSALUD

  • Prestaciones económicas: Subsidio por maternidad, subsidio por incapacidad temporal (SIT), lactancia y gastos de sepelio.
  • Prestaciones asistenciales: Consultas y hospitalizaciones, medicinas, análisis y exámenes médicos y ambulancias.

CONDICIONES GENERALES PARA EL PAGO DEL SIT:

  • Se debe tener un vínculo laboral vigente al momento de goce de la prestación.
  • 3 meses de aportación consecutivos o 4 no consecutivos dentro de 6 meses calendario anteriores al mes de inicio de contingencia.
  • El empleador debe haber declarado y pagado los aportes de 12 meses anteriores a los 6 meses que inició la contingencia.
  • Los primeros 20 días los paga el empleador y el subsidio procede a partir del día 21.
  • Se acumulan días de incapacidad por durante cada año.
  • El subsidio se otorga mientras dure la incapacidad del trabajador, con un máximo de 11 meses y 10 días consecutivos.
  • Recuerda que el procedimiento para el reembolso del SIT: Presentar el formulario 1040 en la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado (VIVA) y luego se realizará la verificación de no haber realizado labor remunerada.

ERRORES FRECUENTES

Empresa morosa, declaración incorrecta en la Plame, solicitud extemporánea, superado el tiempo máximo subsidiado, trabajador realizó labor remunerada en días subsidiados y si el trabajador no cuenta con derecho a cobertura.

En Villa Muzio & Asociados te aseguramos una calidad óptima en asesoría contable, con una reputación precedida por clientes satisfechos. Somos un estudio contable en Lima y estamos listos para brindarte los servicios que requieres. No dudes en contactarnos al 947 328 915 (WhatsApp) o escribirnos al correo a info@estudiocontablevmc.pe

¿Quieres una empresa mucho más sana y rentable?

¡Comienza ahora!

>>>

Rellena este campo
Por favor, introduce una dirección de correo electrónico válida.
Rellena este campo
×

¡Hola!

Haga clic en uno de nuestros representantes a continuación para chatear en WhatsApp o envíenos un correo electrónico o info@estudiocontablevmc.pe

× ¿Cómo puedo ayudarte?