Congreso aprueba convenio para ampliar la licencia de maternidad en el Perú
El diario oficial El Peruano publicó el día de ayer la Resolución Legislativa 30312, con la cual se aprueba el Convenio 183 OIT (Organización Internacional del Trabajo) que amplia la licencia de maternidad a 14 semanas (3 meses y medio). Anteriormente, la legislación peruana permitía un descanso de sólo 12 semanas para las gestantes.
El nuevo convenio también exime a las mujeres embarazadas y lactantes de la obligación de desempeñar trabajos que puedan ser perjudiciales para su salud o que conlleve algún tipo de riesgo para la madre o el niño. Asimismo, queda prohibido que el empleador despida a una mujer embarazada mientras esta cumple con su descanso o tras su reingreso, luego de un periodo que aún no ha sido establecido, a menos que el causal de despido no guarde ninguna relación con la condición de embarazo o lactancia.
Entre otros alcances del convenio, también se considera:
– Un periodo de descanso de 6 semanas posterior al parto (contemplado dentro de las 14 semanas)
– Prestaciones precuniarias de al menos 2/3 del promedio de las remuneraciones anteriores.
– El derecho de la madre trabajadora de interrumpir sus labores para la lactancia de su hijo.
Queda como obligación del Perú revisar la pertinencia de extender la duración de la licencia o de incrementar el monto de la prestación pecuniaria.
Cabe mencionar que a diferencia de otros países de la región, en el Perú se consideran, además de los permisos pagados por maternidad, paternidad y lactancia, licencias por parto múltiple, adopción, hijos con discapacidad o enfermedad grave, asistencia médica, entre otros.
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