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A menos que se le prohíba expresamente, un trabajador puede laborar para un tercero durante su licencia sin goce de haber.
El caso se dio en la Libertad. Un profesor de una universidad solicitó a su empleador que se le otorgue una licencia sin goce de haber para llevar a cabo estudios en Francia. Cumplidas sus labores académicas, el profesor aprovechó que el periodo de la licencia no se había cumplido para ofrecer sus servicios profesionales a otras entidades educativas del país. Ante dicha situación, la universidad resolvió acusar a su trabajador de cometer una falta grave y despedirlo. Sin embargo, luego de que se iniciara un proceso, la sala laboral de segunda instancia en La Libertad determinó que el profesor no tenía la obligación de permanecer en Francia el tiempo completo que durara la licencia ni estaba prohibido de obtener ingresos económicos de otras fuentes. Dicha posición fue apoyada por el supremo tribunal. Por ello, se resolvió que el despido era inválido y las acusaciones de falta grave carecían de sustento fáctico y probatorio.
De esta forma, se sustenta que un empleador no puede despedir a un trabajador que, habiendo pedido una licencia sin goce de haber, brinde servicios a un tercero, siempre y cuando no se haya manifestado previamente la prohibición de realizar dichas actividades.
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Más consideraciones sobre la licencia sin goce de haber
Si un trabajador necesita resolver asuntos personales que le impiden asistir a su centro de trabajo, puede solicitar una licencia sin goce de haber a su empleador. Durante los días que dure la licencia, el trabajador no recibirá un sueldo. Dicho periodo además no es contemplado para el pago de derechos laborales y utilidades.
Cabe señalar que no existe un plazo definido que limite el tiempo de permiso que un trabajador puede solicitar. Puesto que no se contempla como un derecho laboral, la duración de la licencia se determina en función del interés del trabajador y su empleador. La concesión del permiso queda a discreción del empleador.
Es importante señalar también que las empresas no pueden despedir a un trabajador durante el periodo de licencia, pues este no está en capacidad de defenderse.
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