La Sunat ya publicó el cronograma de vencimientos de la declaración jurada del Impuesto a La Renta para personas naturales. La fecha de presentación se determina considerando el último dígito del RUC de cada contribuyente. Así, el plazo es desde el 23 de marzo hasta el 7 de abril. Aquellos contribuyentes que se encuentren en el Régimen General de Buenos Contribuyentes se les amplían el plazo hasta el 8 de abril. Por ello, los estudios contables en Lima recomiendan tomar en cuenta estos puntos:

¿Qué personas están obligadas a presentar la declaración jurada?

Quienes obtuvieron durante el 2015 rentas de primera categoría, de segunda categoría y/o de fuente extranjera, que correspondan ser sumadas a las dos primeras en caso determinen un saldo a favor de la Sunat o bien sea superior a S/. 25 mil.

Además, también están obligados las personas naturales que recibieron ingresos por prestación de servicios profesionales en cuarta categoría, en caso sus ingresos hayan superado el mismo monto.

¿Quiénes están excluidos en la presentación?

Los contribuyentes no domiciliados en el Perú que obtienen rentas de fuente peruana.

En el caso particular de aquellos quienes reciben solo rentas calificadas en quinta categoría, han sido excluidos por la Ley del Impuesto a la Renta.

Sunat Virtual

Para presentar la declaración jurada, debe realizarla mediante el Formulario Virtual 701 – Renta Anual 2015 – Persona natural. El mismo que estará disponible en la Sunat Virtual desde el 15 de febrero.

Tomando en cuenta los plazos para presentar la declaración jurada, es importante cumplir con las fechas y evitar multas e intereses en caso de no cumplirse con los tiempos requeridos.

Por último, en los casos en donde el trabajador recibió solo rentas de quinta categoría, es fundamental realizar la correcta liquidación final del impuesto. Ya que cabe la posibilidad de que exista una diferencia, debido a que se ha pagado de menos (una falla en la retención por parte del empleador que debe subsanarse) o bien porque se pagó de más. Esto último genera un derecho a devolución.

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