El Congreso de la República aprobó la ley que dispone la inafectación permanente de las gratificaciones de julio y diciembre y el retiro de la CTS que excede a 4 sueldos.
El jueves 18 de junio, luego de disputas entre el Congreso y el Ejecutivo, el Congreso de la República aprobó con 87 votos a favor, 22 en contra y 2 abstenciones la insistencia de la ley que dispone la inafectación permanente de las gratificaciones de julio y diciembre de las contribuciones y aportes al ESSALUD, AFP, ONP y SENATI, aunque seguiráns siendo gravadas con el impuesto a la renta de 5ta categoría.
De esta manera, los trabajadores de la actividad privada recibirán en julio y diciembre un sueldo de gratificación al que se le deberá sumar el 9% que los empleadores dejarán de aportar al ESSALUD. Además, los trabajadores dejaran de aportar sobre las gratificación a la AFP y a la ONP, con lo cual, en la práctica, recibirán un sueldo de gratificación más un 22% en promedio.
En el caso de trabajadores afiliados a una Empresa Prestadora de Salud – EPS – la bonificación extraordinaria no será el 9% sino el 6.75% del monto de la gratificación.
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