Cronograma SUNAT: todo lo que necesitas saber sobre tus pagos

El cronograma SUNAT fue publicado a finales del 2017 estableciendo las fechas para realizar las declaraciones de impuesto a la renta.

Estos plazos deben cumplirse de forma inmediata o, en su defecto, realizarse dentro de los seis días hábiles posteriores a la fecha de su vencimiento para evitar graves multas.

Cronograma SUNAT

Para el pago de las obligaciones tributarias mensuales, incluyendo transacciones financieras (ITF), tributos retenidos o percibidos, la Superintendencia decreta las siguientes fechas, tomando en cuenta el último dígito del Registro Único Contribuyente (RUC):

Cronograma-SUNAT
Este es el cronograma publicado por la SUNAT

Plazos para buenos contribuyentes

Como se podrá notar, los buenos contribuyentes tienen mayores plazos dentro del cronograma de la SUNAT, esto se debe a que son aquellos que cuentan con una adecuada trayectoria en sus obligaciones contables.

Entre los beneficios para buenos contribuyentes se encuentran:

  • Un calendario especial para declarar que implica plazos más largos.
  • No están afectos a retenciones del Impuesto General a las Ventas.
  • Tienen atención preferente al momento de tramitar solicitudes de fraccionamiento y/o aplazamiento de deudas contraídas. Así como en la devolución de impuestos que presenten.
  • Atención preferencial en todos los servicios que ofrecen los Centros de Servicios al Contribuyente y oficinas de la SUNAT, siempre que corresponda a la jurisdicción atribuida al domicilio fiscal.

¿Cómo ser un buen contribuyente?

Para optar a la condición de buen contribuyente se deben poseer las características expuestas en el artículo 3 del Decreto Supremo N° 105-2003, entre ellas:

  • Haber presentado las declaraciones correspondientes y sus pagos a tiempo en el lapso de un año (12 meses al momento de la verificación).
  • Tanto personas naturales como jurídicas no deben poseer antecedentes en delitos tributarios.
  • No tener la condición fiscal de “No Habido” en los últimos meses antes de la verificación.
  • El RUC debe estar en estado activo.
  • No tener resoluciones de pérdida de aplazamiento y/o fraccionamiento en el último año antes de la verificación.
  • Tener en planilla al menos un trabajador al momento de la verificación.

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