Foto: Shutterstock(Kritchanut)
Las empresas deben cumplir con abonar a sus trabajadores las gratificaciones dentro de los primeros 15 días de los meses de julio y diciembre.
Las gratificaciones son sumas de dinero que se entregan al trabajador de manera adicional a la remuneración durante las celebraciones de ciertas festividades de carácter cívico o religioso, como las Fiestas Patrias y la Navidad. Estas aplican para trabajadores que se encuentre dentro del régimen laboral de la actividad privada, independientemente de la modalidad de contratación laboral, ya sea a plazo fijo, tiempo parcial o indefinido.
1) Sobre el cálculo de las gratificaciones
Según el reglamento, la remuneración computable para las gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad es la vigente al 30 de junio y 30 de noviembre respectivamente. En el caso de las remuneraciones que son variables o imprecisas, el cálculo deberá ser realizado sobre el monto promedio de los últimos 6 meses de salarios, previos al 15 de julio y 15 de diciembre.
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2) Sobre el depósito
Las empresas tienen como plazo hasta quincena, sea julio o diciembre, para realizar el depósito correspondiente a la gratificación. De no hacerlo, se considerará una falta grave, la cual dará lugar a la imposición de una multa que puede ascender hasta las 50 UIT, dependiendo del número de trabajadores de la organización. Asimismo, se generan intereses legales laborales a partir del 16 del mes correspondiente hasta la fecha de pago. Los trabajadores pueden denunciar a las empresas que no hagan el depósito a través de Sunafil.
3) Sobre descuentos y aportaciones
Por decisión del congreso, y como un medio para impulsar la economía, se decidió este año que no se apliquen sobre las gratificaciones los descuentos concernientes a los aportes para los fondos pensionarios y ESSALUD.
Sin embargo, es importante señalar que la gratificación si se encuentra afecta a los descuentos del IR (Impuesto a la Renta) para los trabajadores que perciben más de S/. 26 950 al año.
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