¿Qué son gastos deducibles? Nosotros te lo explicamos
Los gastos deducibles son necesarios para calcular el monto a pagar por concepto de Impuesto a la Renta. Te mostramos qué considerar para una correcta evaluación.
Todos los años, las personas que generen rentas provenientes de actividades empresariales, profesionales (dependientes o independientes) o la explotación de bienes muebles o inmuebles deben pagar el Impuesto a la Renta. En el caso específico de las empresas, las condiciones de pago están condicionadas por el régimen tributario al cual se encuentra acogido el negocio. Por ejemplo, en el caso de las empresas del régimen general, se deben realizar mensualmente pagos a cuenta.
Para conocer cuánto deben pagar por concepto de Impuesto a la Renta, las empresas deben calcular sus utilidades en el año y aplicar un porcentaje fijo, el cual, este año, corresponde al 28%. Pero, ¿cómo pueden calcular las empresas sus utilidades? Simplemente restando el total de sus ventas en el año con el total de los gastos en el mismo periodo. La diferencia viene a ser la utilidad.
Sin embargo, para que el cálculo de la utilidad sea real y los gastos puedan deducir el monto del IR (Impuesto a la Renta), deben estar relacionados con la actividad del negocio. Es decir, deben ser necesarios para el desempeño de la actividad empresarial, tales como gastos por servicios de asesoría, alquiler de oficinas, mantenimiento, etc. Estos tipos de gastos son conocidos como deducibles.
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Para que se pueda hacer la respectiva deducción sobre el monto del IR, las empresas deben preocuparse de contabilizar y justificar debidamente dichos gastos.
¿Cómo evaluar la deducción de un gasto?
Antes de solicitar a la SUNAT la deducción de un gasto, se deben tomar en cuenta estos 4 aspectos.
1) Todo gasto debe estar vinculado a la generación de renta gravada (no se consideran los gastos personales ni aquellos que no estan asociados a operaciones de la empresa)
2) Todo gasto que supere un importe de S/.3500 o $1000 debe contar con un medio de pago válido.
3) Todo gasto debe estar sustentado por un comprobante de pago (un factura, boleta de venta o recibo por honorario)
4) Todo gasto debe ser demostrado en los registros.
Cabe señalar que existen gastos que no podrán ser deducibles para efecto del cálculo del IR, como los gastos personales del accionista o gerente general y donaciones entregadas a empresas u organizaciones no reconocidas como perceptoras de donaciones.
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