Toda inversión extranjera debe pasar por su registro en Perú

La inversión extranjera y la transferencia de tecnología son vitales para el dinamismo económico que requiere el desarrollo del país, su registro ante las instituciones estatales es obligatorio para su legalidad y plenitud de movimiento.

Toda inversión extranjera goza de garantías en Perú: igualdad de derechos y obligaciones como los inversionistas nacionales

La inversión proveniente del exterior que se realice en actividades económicas generadoras de renta en Perú, bajo cualquiera de las modalidades establecidas en el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 662, debe registrarse ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (ProInversión).

Inversión extranjera y garantías

ProInversión como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, explica en su portal que el registro de la inversión extranjera, le garantiza al titular, el derecho a transferir al exterior, en divisas libremente convertibles, previo pago de los impuestos de ley y sin autorización previa de ninguna autoridad del Gobierno Central u organismos públicos descentralizados, lo siguiente:

  1. El íntegro de sus capitales provenientes de las inversiones, incluyendo la venta de acciones, participaciones o derechos, reducción de capital o liquidación parcial o total de empresas.

 

  1. El íntegro de los dividendos o las utilidades netas comprobadas provenientes de su inversión, así como las contraprestaciones por el uso o disfrute de bienes ubicados físicamente en el país; y de las regalías y contraprestaciones por el uso y transferencia de tecnología, incluido cualquier otro elemento constitutivo de propiedad industrial que autorice el organismo nacional competente.

 

  1. En todos los casos en que corresponda convertir la moneda extranjera a moneda nacional, o viceversa, los inversionistas extranjeros tendrán derecho a utilizar el tipo de cambio compra/venta, más favorable al momento de efectuar la operación cambiaria (articulo 9, D.Leg. N° 662).

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